Los diputados Nora Merino y Gabriel Biestro proponen reformar y adicionar el segundo p谩rrafo del art铆culo 213 del C贸digo Penal del Estado de Puebla, para imponer c谩rcel de cinco a 10 a帽os y multa de 100 a 300 d铆as de salario a quien sabiendo que padece un mal ven茅reo o enfermedad cr贸nica o grave de transmisi贸n sexual o por cualquier otro medio directo o indirecto ponga en peligro de contagio la salud de otra persona.

La sanci贸n aplica por contagiar coronavirus de modo directo, es decir mediante secreciones de la nariz o boca, propagaci贸n de got铆culas que se refiere a la diseminaci贸n, aerosoles o got铆culas que se encuentran esparcidas en el aire de una persona con el virus al momento de hablar, toser o exhalar.聽La transmisi贸n tambi茅n se da de modo indirecto en objetos.

La propuesta fue presentada en el Congreso del Estado de Puebla por diputados de Morena y Encuentro Social, por lo que en los pr贸ximos d铆as ser谩 analizada y discutida.

La pena aumentar谩 hasta en una mitad, es decir a 15 a帽os, cuando el delito se consuma por omisi贸n de recomendaciones de autoridades sanitarias nacionales u organismos internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

La sanci贸n aplica por contagiar coronavirus de modo directo, es decir mediante secreciones de la nariz o boca, propagaci贸n de got铆culas que se refiere a la diseminaci贸n, aerosoles o got铆culas que se encuentran esparcidas en el aire de una persona con el virus al momento de hablar, toser o exhalar.聽La transmisi贸n tambi茅n se da de modo indirecto en objetos.

La propuesta fue presentada en el Congreso del Estado de Puebla por diputados de Morena y Encuentro Social, por lo que en los pr贸ximos d铆as ser谩 analizada y discutida.

Con informaci贸n de El Sol de Puebla